Formación en centros de trabajo

La Cámara de Burgos viene trabajando activamente desde el año 1996 en un tipo de formación específica denominada Formación en Centros de Trabajo, ejerciendo una labor de intermediación entre los centros educativos y las empresas con el objetivo de que alumnos del último curso de ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional realicen prácticas en empresas burgalesas con una duración media de 400 horas y se realizan en los periodos de abril-junio y octubre-diciembre. La FCT debe entenderse como un contacto previo de formación práctica con la posibilidad de iniciar posteriormente una relación laboral con la empresa.

Acceso a la FICHA CICERON para el sistema de Gestión de Formación en Centros de Trabajo.

Convenio-Marco entre Ministerio de Educación y Cultura y Cámaras
El Convenio-Marco de colaboración firmado entre el Ministerio de Eduación y Cultura y el Consejo Superior de Cámaras, el 15 de febrero de 1993 y la Ley 3/1993 de 22 de marzo, Básica de las Cámaras, determinan la colaboración de esta últimas con las Administraciones Educativas competentes en la gestión de la formación en centros de trabajo, incluida en las enseñanzas de Formación Profesional Reglada.

¿En qué consiste?
Dentro de los Módulos Profesionales que incluye un Ciclo Formativo La Formación en Centros de Trabajo pretende que el alumno se enfrente a situaciones de trabajo real no reproducibles en el contexto de la institución escolar, en las que se pongan de manifiesto, no solamente sus conocimientos y habilidades profesionales, sino actitudes como:
el sentido de la responsabilidad,
la integración en un equipo de trabajo,
la autonomía,
la creatividad, etc.
Asimismo, se pretende que el alumno en prácticas conozca la organización socio-técnica y las relaciones laborales del sector en el que va a integrarse.
Por otro lado, y en los casos en que esto fuera posible, el alumno tomará contacto con nuévas técnicas productivas que por su especificidad no son propias de la institució escolar.

Lo que las empresas deben saber
Las empresas deben saber que:
– El Convenio lo firman el Director del centro educativo y la empresa.
– La empresa no podrá cubrir, ni siquiera con caracter interino, ningún puesto de trabajo de plantilla, con alumnos en prácticas.
– Las prácticas no tendrán en ningún caso naturaleza laboral y el alumno aceptará las normas de funcionamiento de la empresa.
– La estancia del alumno en la empresa podrá ser interrumpida en cualquier momento sin ningún tipo de responsabilidad para cada una de las partes.
– La incorporación del alumno a la empresa se realiza coincidiendo con la jornada laboral de la empresa.
– Además del Seguro Escolar, existe otro de Responsabilidad Civil que, suscrito por la autoridad educativa, cubre cualquier otra situación de riesgo.
– Las empresas deberán disponer de un tutor o instructor que, con una aptitud didáctica adecuada, facilite la transmisión de conocimientos o técnicas a los alumnos, valorando su capacidad de aprendizaje, para que éstos puedan llegar a obtener su titulación correspondiente.

Actividades que realiza la Cámara
– Información a empresas.

– Intermediación entre los centros educativos y las empresas.

– Gestión Programa CICERON.

– Sesiones informativas sobre la formación en centros de trabajo con alumnos y tutores.

– Seguimiento de la formación en centros de trabajo.

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Del 24 de junio al 31 de agosto
Lunes a viernes: 8:30 - 14:00 h.

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